Abogado Extranjería

Abogados extranjería en Barcelona

Abogados Jodar Salvador es un despacho especializado en el sector Extranjería. Ofrecemos asesoramiento jurídico a particulares y también a otros despachos jurídicos que no tienen tanta experiencia en este tipo de recursos contenciosos-administrativos.

Para más información puede consultar la web www.recursos-extranjeria.com donde la abogada especialista de extranjería de este bufete expone sus servicios, sentencias ganadas y otros recursos legislativos de interés. No dude en visitarla en caso de necesitar servicios profesionales de abogados de extranjería en Barcelona o territorio español.

La especialización dentro del sector Extranjería del bufete jurídico Abogados Jodar Salvador es en recursos contencioso-administrativos. Estos profesionales se encargan de la preparación del recurso, la solicitud de medidas cautelares y la asistencia en el juicio. Además los honorarios pueden ser satisfechos en forma fraccionada y el servicio de puede solicitar en toda España.

Si tiene alguna duda al respecto, no lo dude y a través del formulario contacte con el bufete o mediante comentario al final de la página, y en un plazo de 48 horas un especialista le dará respuesta.

Finalmente, para corroborar la fiabilidad del bufete y sus abogados de extranjería en Barcelona puede visitar el apartado de Sentencias Ganadas en Extranjería más importantes obtenidas por Abogados Jodar Salvador.

 

Destacados en Extranjería

Sentencia: Jutjat Penal núm. 1 de Mataró. Interlocutòria de 8 de gener de 2015.«…Pues bien, aparte de cumplirse los requisitos que autorizan la aplicación de sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional, es necesario que los órganos judiciales valoren las circunstancias del caso concreto que se plantea, y la incidencia de valores o bienes con relevancia constitucional, que deber ser necesariamente tenidos en cuenta para una correcta adecuación entre el derecho del extranjero a residir en nuestro país conforme a Ley, el interés del Estado en que el extranjero cumpla la pena privativa de libertad impuesta y el interés del Estado en aplicar la medida de expulsión. Por tanto, serán las circunstancias de cada caso en concreto, las que deben ponderarse con todos los intereses constitucionales afectados, pero también el interés del Estado, de la víctima y del extranjero condenado. (…) La Sentencia fue dictada el 13 de mayo de 2011, en la cual se acordaba la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional. Partiendo de esta premisa, en el transcurso del tiempo, hasta la fecha del dictado de la presente, de acuerdo con la documental aportada por la defensa, se constata que el penado tiene arraigo en España, al acredita que contrajo matrimonio con una ciudadana española en marzo de 2014, fruto de la relación tuvieron un hijo en común en agosto de 2013, nacido en Mataró. Dichas circunstancias son suficientes para considerar que las circunstancias personales del penado variaron considerablemente tras el dictado de la Sentencia, teniendo una vinculación personal y familiar en este país que permite considerar un arraigo suficiente para dejar sin efecto la medida acordada, procediendo al cumplimiento de la pena impuesta en España por los trámites ordinarios de la ejecución de las penas previstas en el Código Penal. »

Legislación: Reagrupación familiar

Pueden reagrupar los extranjeros que hayan obtenido la renovación de su permiso. IMPORTANTE: para reagrupar a los ascendientes (padres) debe tener residencia de larga duración (residencia permanente). El resto de requisitos son similares a los vigentes hasta ahora.

Los familiares que puede reagrupar son:

  1. Cónyuge/Parejas de hecho, no separado de hecho o de derecho. Podrá trabajar con el permiso sin necesidad de modificar-lo. NOVEDAD.
  2. Hijos menores de dieciocho años o discapacitados que no sean independientes económicamente.
  3. Ascendientes en primer grado (padres) sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Excepcionalmente, por razones de carácter humanitario, podrán reagruparse sin cumplir estos requisitos. NOVEDAD

Legislación: Residencial Temporal por arraigo

La nueva ley sigue regulando la residencia por arraigo, pero debemos esperar que se apruebe el nuevo reglamento de extranjería para saber si los requisitos son los mismos o hay algún cambio.

Para mayor información pueden ponerse en contacto con Abogados Jodar Slavador.

Legislación: Renovación / Autorización residencial temporal

La ley establece que se VALORARÁ en su caso para renovar:

  1. Los antecedentes penales, considerando la existencia de indultos o las situaciones de remisión condicional de la pena o la suspensión de la pena de cárcel (actualmente existen graves problemas para renovar cuando ha sido condena por delitos de violencia doméstica o contra seguridad vial).
  2. El incumplimiento de las obligaciones del extranjero en materia tributaria y de seguridad social.
  3. Se valorará para renovar la integración del extranjero mediante informe de la Comunidad Autónoma que lo certifique.

IMPORTANTE: TENEMOS QUE ESPERAR A QUE SE APRUEBE EL NUEVO REGLAMENTO PARA VER COMO SE DESARROLLARAN ESTOS REQUISITOS

Legislación: Residencia Temporal y trabajo para mujeres extranjeras víctimas de violencia de género

Si se denuncia una situación de violencia de género contra una mujer sin documentación,  tiene derecho a:

  1. Si se ha iniciado un proceso de expulsión, se SUSPENDERÁ  el proceso mientras no haya resolución del procedimiento penal.
  2. También podrá solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales desde que se ha dictado una orden de protección a su favor o informe del fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género. IMPORTANTE: esta solicitud NO se resolverá hasta que no acabe el procedimiento penal.
  3. Al solicitar lo anterior, la administración podrá conceder una autorización PROVISIONAL de residencia y trabajo, tendrá vigencia hasta que no se haya resuelto la autorización por circunstancias excepcionales.

Legislación: Residencia larga duración

Ya no se habla de residencia permanente, los ciudadanos que hayan tenido residencia temporal durante 5 años de forma continuada, pueden obtener la residencia de larga duración. Lo importante es que residen en las mismas condiciones que los españoles, y permitirá residir/trabajar en otros estados de la Unión Europea. IMPORTANTE: Tenemos que esperar al nuevo reglamento para ver los trámites y los requisitos.

Legislación: Autorización de residencia y trabajo cuenta ajena

El procedimiento es el mismo que la antigua Ley, pero existen unos cambios:

  1. El empresario/empleador estará obligado a comunicar el desistimiento de la solicitud de autorización si, mientras se resolviera ésta o el visado, desapareciera la necesidad de contratación del extranjero o se modificasen las condiciones del contrato de trabajo que sirvió de base a la solicitud.
  2. Si no pudiera iniciarse la relación laboral, el empresario o empleador estará obligado a comunicarlo a las autoridades competentes.
12 comentarios
  1. Daniela
    Daniela Dice:

    Hola buen día, mi nombre es Daniela. Solicité una prorroga de estancia pues aplique a unas practicas con convenio universitario. Entregué toda la documentación y cumplía los requisitos que pedían. Acabo de ver en la web y es resuelto no favorable, aun no me han notificado el porque. Entiendo que debo presentar un recurso de alzada, quisiera saber si una vez yo sepa el porque me puedes ayudar con ese tramite y cuanto cuesta este servicio. Me preocupa mucho porque llevo dos meses de practicas y a mi jefe le preocupa que ni termine mi contrato y yo no quiero que me saquen del país, mi nie ya esta vencido, yo entregue papeles una semana después de que se venció. Ayuda por favor

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                    <span class="apbct-real-user-popup-text">El autor <b>Abogados Jodar Salvador</b> actúa como una persona real y se ha verificado que no es un bot.</span>
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                    <span class="apbct-real-user-popup-text">Superadas todas las pruebas contra bots de spam. Antispam de CleanTalk.</span>
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      Abogados Jodar Salvador Dice:

      Recibirá la carta de denegación, en ella, se especifica el motivo y se podrá recopilar la documentación para el recurso, desde ese momento hay un plazo de 1 mes para recurrir. si necesita un abogado experto en derecho de extranjería, civil, laboral o penal, no dude en llamarnos.

      • CRISANTO BAUTISTA MISLANG
        CRISANTO BAUTISTA MISLANG Dice:

        HOLA BUENOS DIAS!
        SOY DE NACIONALIDAD DE ESPANYOLA.TENGO DOS HIJAS Y SON CIUDADANAS FILIPINAS.VINIERON AQUI EL PASADO DE 16 DE MARZO.EL PASADO 11 DE ABRIL TUVIMOS UNA CITA PARA SOLICITAR SU TARJETA DE RESIDENCIA.DESAFORTUNADAMENTE EL 3 DE ABRIL,DESPUES DE 8 ANOS DE TRABAJAR EN UNA EMPRESA ME DESPIDIERON.ESTA SEMANA EL 24 DE ABRIL RECIBIMOS UN CORREO INDICANDO QUE LA APPLICACION HA SIDO DENEGADA.EL RESULTADO HAVIA DESFAVORABLE POR FALTA MEDIO ECONOMICO.
        ME GUSTARIA PEDIR AYUDA PARA RESOLVER ESTE ASUNTO PORQUE EN CARTA DICEN TENGO UN MES PARA HACER EL RECURSO ALZADA.
        GRACIAS!ESPERO TU RESPUESTA!

        UN SALUDO CORDIAL

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          Abogados Jodar Salvador Dice:

          BUENOS DIAS

          Debería llamarnos para solicitar cita, nos falta información, por ejemplo, los recursos económicos, si tiene más familiares a cargo. Hay un plazo de un mes para presentar recursos contra la denegación aportando la documentación.

  2. Estefania mateu
    Estefania mateu Dice:

    Hola,tengo me pareja en República Dominicana yo soy española y quiero que se venga nos han dicho que podemos casarnos por poderes y quisiera saber cómo debemos hacerlo que necesitamos y que me asesoréis un poco por favor no sé qué pasos debemos seguir gracias

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      Abogados Jodar Salvador Dice:

      Hola, no me lo ha dicho, pero supongo que el poder será para casarse en la República Dominicana, mi consejo es que se casen en el consulado español, por la simple razón que el matrimonio será como si se hubiera celebrado en España.Los matrimonios celebrados en el extranjero, excepto dentro de la UE, deben homologarse en territorio español y el trámite puede durar entre 1 ó 2 años. Si quieren que le hagamos llegar un presupuesto puede ponerse en contacto con este despacho vía email: ariadnajs@icab.cat

  3. Veronica
    Veronica Dice:

    Hola, en Mayo de 2009 me case con un español y en Abril de 2015 firmé el divorcio, aún no sé si me ha llegado la sentencia de divorcio que ha sido de mutuo acuerdo, y bueno al parecer ahora tengo que cambiar mi tarjeta a régimen general, en julio de 2014 me dieron mi tarjeta de residencia permanente pero en régimen comunitario. Además he leído que necesitó un contrato de trabajo para cambiarme a régimen general. podríais orientarme? gracias

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      Abogados Jodar Salvador Dice:

      Para cualquier consulta personalizada debería solicitar cita con nuestro abogado experto en extranjería

  4. Aris
    Aris Dice:

    Me gustaría saber: una persona que tiene prohibida la entrada hasta el 2017, si es posible que se le retire…

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      Abogados Jodar Salvador Dice:

      Hola, necesitaría saber más información, si es una prohibición de entrar administrativa o por sentencia judicial.Si quiere puede llamarnos y nuestro abogado de extranjería, le asesorará

  5. Paola
    Paola Dice:

    Buenas, tengo la custodia de una prima que tengo en Colombia, puedo hacer una reagrupación familiar?

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      Abogados Jodar Salvador Dice:

      HOLA

      NECESITARIA MÁS INFORMACION, SABER LA EDAD DE SU PRIMA, Y SI LA CUSTODIA ES POR SENTENCIA JUDICIAL. PUEDE SOLICITARNOS CITA EN NUESTRO DESPACHO

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